Resolución de facilidades administrativas para 2019

Resolución de facilidades administrativas para 2019

Se publicó en el DOF (Diario Oficial de la Federación) La Resolución de Facilidades Administrativas para 2019, para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan, estará vigente del 22 de febrero al 31 de diciembre de 2019, sin embargo, las facilidades de la presente resolución serán aplicables para todo el ejercicio fiscal de 2019.

Contenido:

 Titulo 1.- Sector Primario.

Titulo 2.- Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal.

Título 3.- Sector de Autotransporte Terrestre Foráneo de Pasaje y Turismo.

Título 4.- Sector de Autotransporte Terrestre de Carga de Materiales y Autotransporte Terrestre de Pasajeros Urbano y Suburbano.

 

Esta RFA otorga facilidades administrativas y de comprobación para el adecuado y debido cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes del sector primario, así como a los del autotransporte terrestre de carga federal, foráneo de pasaje y turismo.

La Ley del Impuesto sobre la Renta establece que los contribuyentes dedicados a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras podrán deducir las erogaciones que realicen por concepto de mano de obra de trabajadores eventuales del campo, alimentación de ganado y gastos menores, hasta por el 10% del total de sus ingresos, sin exceder de $800,000.

Así mismo, esta Ley estable que los contribuyentes dedicados al autotransporte terrestre de carga federal, foráneo de pasaje y turismo, podrán deducir hasta el equivalente a un 8% de los ingresos propios de su actividad, sin documentación que reúna requisitos fiscales, sin embargo, es importante señalar que no se podrán incluir los gastos que se realicen por concepto de adquisición de combustibles.

Cabe hacer mención que hasta en tanto no se publique en el DOF la Resolución Miscelánea Fiscal (RM) para 2019, las referencias a dicha Resolución se entenderán efectuadas a la RM vigente.

Por último, se informa que se abroga la RFA para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2018 y de ejercicios anteriores a la presente Resolución.

 

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