¿Sabes cuáles son tus obligaciones fiscales como persona moral o física?

¿Sabes cuáles son tus obligaciones fiscales como persona moral o física?

Te enseñamos cuáles son las obligaciones que debes cumplir dependiendo de si eres persona física o moral y qué pasa si no se cumple con alguna de ellas.

 Personas morales que aplican en el régimen general

- Sociedad mercantil.

- Sociedad y/o asociación civil.

- Sociedad cooperativa de producción.

- Instituciones de crédito, de seguros y fianzas, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, uniones de crédito y sociedades de inversión de capitales.

- Organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios.

- Fideicomisos con actividades empresariales, entre otras, que realicen actividades lucrativas.


Obligaciones fiscales de Personas Morales

- Levar la contabilidad de acuerdo a lo establecido en el Código Fiscal de la Federación.

- Enviar su información contable a través de la pagina de Internet del SAT

- Expedir los comprobantes fiscales por las actividades que realicen.

- Para Impuesto sobre la Renta presentar Declaración anual.

- Presentar declaraciones mensuales de ISR a cuenta del impuesto anual.

- Presentar declaraciones mensuales definitivas del Impuesto al Valor Agregado.

- Presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros en forma mensual.

- Presentar Declaraciones informativas anuales 

Mantener actualizados sus datos en el Registro Federal de Contribuyentes

 

Como persona moral, ¿qué pasa si no cumple con alguna obligación?

En el momento que dejes de cumplir con alguna de tus obligaciones fiscales o que llegaras a cometer algún error como no presentar declaraciones o presentarlas con errores u omisiones, se tendrá que presentar la declaración omitida o presentar declaraciones complementarias correspondientes de manera voluntaria antes de que la autoridad llegue a requerirte.

 

Si corriges los errores o cumples las obligaciones de manera voluntaria o espontánea no se te impondrán sanciones o multas.

Sin embargo, si lo haces por requerimiento de la autoridad se te impondrán la sanción que corresponda, generalmente pago de una multa.

Si omitiste hacer los pagos mensuales de los impuestos en el plazo establecido por las disposiciones fiscales también deberás pagar recargos y actualizaciones, aun cuando cumplas de manera espontánea o voluntaria.

 

Obligaciones de Personas Físicas, dependiendo del régimen en el que se encuentre

 

Personas físicas, ¿qué pasa si no cumple con alguna obligación?

En el momento que dejes de cumplir con alguna de tus obligaciones fiscales o que llegaras a cometer algún error como no presentar declaraciones o presentarlas con errores u omisiones, al igual que las Personas Morales, se tendrá que presentar la declaración omitida o presentar declaraciones complementarias correspondientes de manera voluntaria antes de que la autoridad llegue a requerirte.

Si corriges los errores o cumples las obligaciones de manera voluntaria o espontánea no se te impondrán sanciones o multas.

Sin embargo, si lo haces por requerimiento de la autoridad se te impondrán la sanción que corresponda, generalmente pago de una multa.

Si omitiste hacer los pagos mensuales o bimestrales (caso RIF) de los impuestos en el plazo establecido por las disposiciones fiscales también deberás pagar recargos y actualizaciones, aun cuando cumplas de manera espontánea o voluntaria.